RESOLUCIÓN SS.SG. 13/2025.-
A través de la Circular SS.SG. 13/2025, la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay emitió una advertencia formal a todos los sujetos supervisados cuya matrícula o registro requiere renovación periódica: deberán gestionar esos trámites con suficiente antelación para evitar la interrupción de sus actividades.
La comunicación, fechada el 29 de octubre de 2025, está dirigida a agentes de seguros, corredores, liquidadores de siniestros, actuarios y auditoras externas, y apunta a ordenar y agilizar el proceso de actualización de permisos en un contexto en el que el regulador exige mayor cumplimiento formal y previsión administrativa.
La advertencia del regulador: la responsabilidad es del solicitante
La Superintendencia exhorta a los supervisados a realizar todos los trámites de renovación “con suficiente antelación al vencimiento”, siguiendo estrictamente los procedimientos y presentando la documentación requerida en cada caso.
En un mensaje explícito, la circular aclara que:
La continuidad o interrupción de la actividad comercial es exclusivamente responsabilidad del interesado.
Las solicitudes se analizan caso por caso.
El volumen de negocios, la actividad presente o futura del solicitante no constituyen criterios para acelerar, garantizar o influir en la aprobación de una renovación.
Es decir: la actividad económica del profesional o empresa no determina el otorgamiento del registro.
Evitar interrupciones operativas
El regulador insta a tomar “los recaudos necesarios” para evitar que un retraso administrativo —atribuible al propio solicitante— provoque la suspensión temporal de operaciones reguladas, lo que afectaría tanto a los propios auxiliares como a asegurados, aseguradoras y demás actores del sistema.
Este recordatorio es particularmente relevante en un mercado en crecimiento, donde agentes, corredores y liquidadores cumplen un rol clave en la distribución y gestión del seguro.
Fuente: 100 Seguro
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